Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Septiembre de 2005

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Resumen


REUNIÓN SINDICAL. DENEGACIÓN. La actuación administrativa no se ajustó al ordenamiento jurídico tal como lo apreció correctamente la Sentencia recurrida y las argumentaciones hechas a posteriori, ya en el seno del proceso, por el recurrente dibujan un proceder que no fue el observado a la hora de resolver sobre la convocatoria de la reunión.Se estima recurso contencioso administrativo. Se desestima casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 26 de Septiembre de 2005

RAMON TRILLO TORRESJUAN JOSE GONZALEZ RIVASNICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLENPABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVAJOSE DIAZ DELGADO

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Septiembre de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Séptima por los Magistrados indicados al margen, el recurso de casación nº 4928/1999 interpuesto, por el GOBIERNO VASCO, representado por el Procurador don Pedro Rodríguez Rodríguez, contra la Sentencia nº 283/99 dictada el 18 de marzo de 1999 por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, recaída en el recurso nº 1098/1996, sobre denegación de reunión sindical.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La Sentencia recurrida dispone lo siguiente:

"FALLO

QUE, ESTIMANDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO INTERPUESTO POR LA CONFEDERACIÓN SINDICAL DE CC.OO DE EUSKADI CONTRA LA ORDEN...

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