Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 1 de Febrero de 2008

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Resumen


RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA ADMISTRACIÓN. Entiende el actor que la fijación de la cuantía de la indemnización por las dilaciones indebidas es arbitraria. La Sala de instancia al fijar dicha cantidad no hizo nada más que recoger el criterio jurisprudencial conforme al cual hay que estar a la determinación en cada caso concreto. Si bien es cierto que el daño de carácter moral que ha resarcido la Sala no necesita acreditación, también lo es que la apreciación del mismo supone una soberana apreciación del Tribunal de instancia cuyo pronunciamiento, en cuanto al cálculo de dicha cuantía, no puede ser cuestionado en casación sino impugnando la valoración como irracional o aduciendo vulneración de preceptos sobre valoración de prueba, lo que el recurrente en el presente caso no ha alegado. En el proceso contencioso-adminstrativo se estima parcialmente el recurso de dicho orden jurisdiccional. Se desestima el recurso de casación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 1 de Febrero de 2008

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a uno de Febrero de dos mil ocho.

Visto por la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados Excmos. Sres. anotados al margen, el presente recurso de casación que con el número 4075/03 ante la misma pende de resolución, interpuesto por el Procurador D. Juan Luis Navas García en nombre y representación de D. Blas, contra Sentencia de 8 de abril de 2003, dictada en el recurso 177/02 por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, de...

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