Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Marzo de 2003

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Abogados Público y Administrativo

Resumen


RESPONSABILIDAD JUDICIAL. El éxito de esa petición no produciría en principio ningún efecto favorable en la esfera jurídica del actor, pues la eventual sanción que pudiera ser impuesta, por sí sola, no le originaría ventaja alguna, ni le eliminaría ninguna carga o inconveniente y hemos de concluir, en suma, que en el supuesto enjuiciado no se acredita la existencia de un interés legítimo del recurrente, menos aún de la titularidad de un derecho subjetivo, que pueda ser soporte de su legitimación procesal. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

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Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 4 de Marzo de 2003

D. MANUEL GODED MIRANDAD. JUAN JOSE GONZALEZ RIVASD. NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEND. PABLO MARIA LUCAS MURILLO DE LA CUEVA

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cuatro de Marzo de dos mil tres.

Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo los recursos acumulados núms. 334/99 y 1491/2000 interpuestos por la Procuradora de los Tribunales Dª Elena Romano Vera, en nombre de D. Gabriel , contra Acuerdo de archivo de legajo nº 597/99 acordada por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial de 29 de julio de 1999 (en el primero de ellos) y archivo de diligencias informativas nº 399/99, resuelto por Acuerdo de la Comisión Disciplinaria de 12 de septiembre de 2000, en el segundo de ellos, habiendo sido parte recurrida la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Mediante escrito fechado en 10 de junio de 1999 y que tuvo entrada en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial el día 18 de juni...

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