Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Marzo de 2007

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Resumen


REPARCELACIÓN. ANULACIÓN DE PROYECTO BASADO EN PLANEAMIENTO ANTERIOR NO IMPUGNADO. Si bien la sentencia no excede formalmente de la pretensión anulatoria del Proyecto de Reparcelación impugnado, al anularlo con fundamento en la improcedencia de la inclusión en su ámbito de una superficie que venía determinada ya desde el planeamiento, efectúa un pronunciamiento de anulación de dicha delimitación efectuada por el Plan Especial de Protección y Reforma Interior, sin que haya sido solicitada por la actora y sin que se haya dado oportunidad a la demandada de formular alegaciones al respecto lo que ha producido indefensión. Se estima el recurso contencioso administrativo. Ha lugar en parte al recurso de casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Administrado, Ayuntamiento

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Marzo de 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinte de Marzo de dos mil siete.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE GRANADA, representado por el Procurador Sr. De Murga y Florido, contra sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (con sede en Granada), de fecha 5 de noviembre de 2001, sobre Proyecto de Reparcelación del Area de Intervención AI-39 del PEPRI del Albaicín.

Se ha personado en este recurso, como parte recurrida, D. Ildefonso,...

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