Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 9 de Octubre de 2006
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Resumen
RENTA VITALICIA DE VIUDEDAD. Viuda solicita se le reconozca el derecho al cobro de renta vitalicia de viudedad. En cuanto a las prestaciones complementarias de viudedad hay que partir del hecho de que se calculan mediante una operación aritmética de resta, en que se toma como cantidad mayor o minuendo la pensión pública de jubilación del causante, y como cantidad menor o sustraendo la pensión pública de viudedad de la superviviente. En primera instancia se admitió la demanda. Se desestima casación.
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Historial del Caso
→ Desestima el recurso contra Sentencia nº 190/2005 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Social, 17 de Marzo de 2005
☞ Sentencia Favorable a: Viudo/a
Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 9 de Octubre de 2006
JOAQUIN SAMPER JUAN GONZALO MOLINER TAMBORERO JORDI AGUSTI JULIA JESUS SOUTO PRIETO VICTOR ELADIO FUENTES LOPEZ
SENTENCIA En la Villa de Madrid, a nueve de Octubre de dos mil seis. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado D. Luis Coll de la Vega en nombre y representación de ALLIANZ, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., y por el Letrado D. Esteban Ceca Magán en nombre de REPSOL BUTANO S.A. contra la sentencia dictada el 17 de marzo de 2005 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en recurso de suplicación nº 1139/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2004, dictada por el Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, en autos núm. 1281/03, seguidos a instancias de DOÑA Natalia contra REPSOL BUTANO S.A. y ALLIANZ CÍA. DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. sobre Reclamación de Derechos y Cantidad. Ha comparecido en concepto de recurrido DOÑA Natalia representado por la Procuradora Doña Ana Alarcón Martínez. Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. VICTOR FUENTES LÓPEZ ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Con fecha 21 de septiembre de 2004 el Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid dictó sentencia, en la que se declararon probados los siguientes hechos: "1º.- La actora, domiciliada en La Coruña, es beneficiaria de una renta vitalicia de viudedad a raíz del fallecimiento de su esposo, D. José , acaecido el 21 de julio de 1999, asimismo en aquella localidad de residencia. Dicha pensión tiene su origen y fundamento en una póliza de seguro colectivo n° 0000219329 de fecha 30 de Diciembre de 1991, suscrita entre la sociedad, REPSOL ...Ver el contenido completo de este documento
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