Sentencia nº 1083/ de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 7 de Diciembre de 1995

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Resumen


ACCIÓN REIVINDICATORIA. DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN. Todos los ciudadanos tienen derecho a obtener copias y certificaciones acreditativas de los acuerdos de los órganos de gobierno y administración de las Entidades locales, así como a consulta los archivos y registros en los términos que disponga la legislación de desarrollo de la Constitución Española. Así, el demandante de revisión bien pudo obtener, pues no acreditó que hubiera mediado obstáculo o impedimento alguno, para aportar al pleito, la certificación que ahora presenta, haciendo uso de la Ley Procesal Civil, lo que ni llevó a cabo ni cumplió y desprovee a la revisión de todo contenido y efectividad procesal. Estimado parcialmente el recurso de apelación. Desestimado el recurso de revisión.

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Extracto


Sentencia nº 1083/ de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 7 de Diciembre de 1995

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a siete de Diciembre de mil novecientos noventa y cinco.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el Recurso de Revisión por recobro de documentos, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Guadalajara, en fecha 14 de Julio de 1.993, como consecuencia de los autos de juicio declarativo de menor cuantía, sobre acción reivindicatoria, tramitados en el Juzgado de Primera Instancia de Guadalajara número dos, cuyo recurso fué interpuesto por don Alberto, representado por la Procuradora de los Tribunales doña Silvia Alvite Espinosa, en el que son partes recurridas don Vicente, doña Consueloy Granjas Cantos Blancos S.A., a los que representó la Procuradora doña María-Teresa Aranda Vides.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-El recurso de revisión planteado se dirige contra la sentencia firme pronunciada por la Audiencia Provincial de Guadalajara (rollo de alzada nº 102/92), en fecha 1...

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