Sentencia nº 4/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 14 de Enero de 2002

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Resumen


"REFUNDICIÓN DE PENAS. REQUISITO DE CONEXIDAD. INTERPRETACIÓN. Respecto a la refundición de penas debe aplicarse un criterio favorable al reo en cuanto a la interpretación del requisito de conexidad que para la acumulación jurídica de penas exigen las leyes pertinentes, estimándose que lo relevante, más que la analogía o relación entre sí, es la conexidad ""temporal"", es decir que los hechos pudiesen haberse enjuciado en un solo proceso, atendiendo al momento de su comisión, por lo cual son acumulables todas las condenas por delitos que no tuviesen ya sentenciados en el momento de la comisión del hecho que ha dado lugar a esta última resolución, con independencia de que tuviesen analogía o relación entre sí, pues todos ellos podrían haber sido enjuciados en un solo proceso. Se desestima la petición. Ha lugar al recurso de casación."

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Extracto


Sentencia nº 4/2002 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 14 de Enero de 2002

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a catorce de Enero de dos mil dos.

En el recurso de casación por infracción de ley, que ante Nos pende, interpuesto por el acusado Cosme al que se adhirió el Ministerio Fiscal, contra Auto de refundición de condenas dictado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, de fecha 7 de febrero de 2.001, los componentes de la Sala Segunda...

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