Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Mayo de 1994

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Resumen


"AUTO DE REFUNDICIÓN DE CONDENAS. No existe obstáculo para el reagrupamiento de las condenas contenidas en las ocho ejecutorias y fijación de un límite máximo de cumplimiento por el penado recurrente de 15 años, triple de la condena mayor de 5 años de prisión menor, por la que fué condenado por sentencia del Juzgado de lo penal número 10 de Sevilla de 27 de Abril de 1.991, firme el 5 de Agosto del mismo año. Se dicta Auto que declara conexos determinados hechos y que le puede ser de aplicación en la refundición y fecha de inicio del cumplimiento. No ha lugar a acordar la refundición de otras ejecutorias. Se estima la casación del penado, se casa y anula el auto dictado por dicha Audiencia, a la que se remitirán las actuaciones para que, realice nueva refundición de las condenas impuestas al recurrente, con costas de oficio."

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 3 de Mayo de 1994

En la Villa de Madrid, a tres de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por el penado Juan Carloscontra auto dictado por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección Tercera), sobre refundición de condenas y fijación de límite máximo de cumplimiento, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y Fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. Roberto Hernández Hernández, siendo también parte el Minister...

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