Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 16 de Mayo de 2003

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Resumen


RECURSO DE SÚPLICA. NO HA LUGAR. No se hace lugar al recurso de súplica, pues el escrito de interposición de la casación que se ha presentado por el Abogado del Estado es el que se entregó a la entidad recurrida, al margen de las referencias que en él se hagan a otra empresa distinta. No se admite súplica.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Empresa

Extracto


Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 16 de Mayo de 2003

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Mayo de dos mil tres.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Mediante p...

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