Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Octubre de 2007

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Resumen


RECURSO DE REVISIÓN. El actor tenía perfecto conocimiento de los domicilios en los que se podía citar a la empresa, bien el domicilio de la central que constaba en su contrato, o bien en el domicilio de la sucursal donde el trabajador acudió a diversas reuniones, en lugar de señalar el antiguo domicilio, abandonado antes de su contratación y en el que nunca estuvo. Al ser requerido para señalar nuevo domicilio no hizo nada por poner en conocimiento del Juzgado cualquiera de los que él conocía, por lo que su conducta de ocultación debe calificarse de intencionada y dirigida a impedir que su empresario tuviese conocimiento de la demanda de despido que le había interpuesto, evitando así la posible defensa que la demandada pudiese esgrimir en el juicio y asegurando de este modo una sentencia condenatoria obtenida mediante una actuación fraudulenta que colocó a la empresa demandada en situación de absoluta indefensión. Tal conducta tiene perfecto encaje en la causa de revisión que establece el art. 510.4° LEC y ello determina la necesidad de proceder a la rescisión de la sentencia. Se estima el recurso extraordinario de revisión.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Octubre de 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinte de Octubre de dos mil siete.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud de demanda de revisión, interpuesta por EUREST COLECTIVIDADES, S. A., representada por la Procuradora Dª Mª Pilar Segura Sanagustín, contra la sentencia de fecha 18 de enero de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de Valencia, en los autos núm. 933/05 seguidos a instancia de D. Millán contra la empresa EUREST COLECTIVIDADES, S.A. sobre despido.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JESÚS SOUTO PRIETO

ANTECEDE...

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