Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 1 de Abril de 2003

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Resumen


RECURSO DE QUEJA. COMPETENCIA JUDICIAL. Se impugna sentencia. En la medida en que la Sentencia que se pretende recurrir en casación fue dictada por un órgano jurisdiccional civil con sede en una Comunidad Autónoma cuyo Derecho civil foral o especial se cita como infringido la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluñ es la competente para conocer del recurso de queja. La cuestión de competencia fue resuelta

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Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 1 de Abril de 2003

AUTO

En la Villa de Madrid, a uno de Abril de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- En el rollo de apelación nº273/2002 la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 17ª) dictó Auto, de fecha 30 de septiembre de 2002, declarando no haber lugar a tener por preparado recurso de casación por la representación de D. Jorgey D. Ernesto, contra de fe...

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