Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 3 de Julio de 2001
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Resumen
"RECURSO DE QUEJA. Ante la parquedad del escrito de preparación es evidente la plena corrección del razonamiento de la Audiencia en su Auto denegatorio, pues el ""interes casacional"" que se alegue debe quedar acreditado en la fase preparatoria, precisamente porque constituye un presupuesto para la recurribilidad de las sentencias recaídas en procesos tramitados en razón de la materia, de ahí que el art. 479.4 precisa que se expresen las sentencias que ""pongan de manifiesto"" la doctrina del Tribunal Supremo o la jurisprudencia contradictoria de Audiencias. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación."
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandado
Extracto
Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 3 de Julio de 2001
AUTO
En la Villa de Madrid, a tres de Julio de dos mil uno.I. ANTECEDENTES DE HECHO 1.- En el rollo de apelación nº 513/2000 la Audiencia Provincial de Ciudad Real (Sección 1ª) dictó Auto, de fecha 15 de marzo de 2001 declarando no haber lugar a tener por preparado recurso de casación por la representación de D. Domingo contra la Sentencia de fecha 14 de febrero anterior dictada por dicho Tribunal.2.- Contra dicho Auto se interpuso recurso de reposición que fue denegado por Auto de fecha 8 de mayo de 2001, habiéndose entregado el testimonio de ambas resoluciones a los efectos del artº. 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.3.- Por el P...Ver el contenido completo de este documento
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