Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Mayo de 2008
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Resumen
RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. MEDIDAS CAUTELARES. La proyección de la doctrina jurisprudencia expuesta al caso enjuiciado, permite desestimar los dos motivos de casación formulados, en cuanto que no apreciamos que la Sala de instancia no haya valorado circunstanciadamente todos los intereses públicos y privados en conflicto, que se advierten en un recurso contencioso-administrativo que tiene como objeto la impugnación de una resolución de la Directora General de la Oficina Española de Patentes y Marcas, denegatoria de la inscripción de una marca, en aplicación de la prohibición relativa de registro contemplada en el artículo 6.1 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, ante la oposición formalizada en el recurso de alzada por el titular de una marca comunitaria prioritaria, y que, en consecuencia, cabe descartar que no haya ponderado la afectación grave de los intereses generales y de terceros a que alude el artículo 130.2 de la Ley jurisdiccional. Se dicta auto denegando la cautelar. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Oficina de Patentes y Marcas
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Mayo de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Mayo de dos mil ocho.VISTO el recurso de casación número 3464/2007, interpuesto por la Procuradora Doña MARÍA DOLORES DE HARO MARTÍNEZ, en nombre y representación de la Entidad Mercantil NEW CENTER SYSTEM, S.L., con la asistencia de Letrado, contra el Auto de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 20 de marzo de 2007, dictado en la pieza de medidas cautelares del recurso contencioso-administrativo 826/2006, que desestimó el recurso de súplica interpuesto contra el precedente Auto de 22 de noviembre de 2006, que acordó no dar lugar a la suspensión del acto administrativo recurrido. Ha sido parte recurrida la ADMINISTRACIÓN DE ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En la pieza de medidas cautelares del recurso contencioso-administrativo 826/2006, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia dictó Auto de 20 de marzo de 2007, por el que desestimó el recurso de súplica interpuesto contra el precedente Auto de 22 de noviembre de 2006, cuya parte dispositiva, dice literalmente:«LA SALA ACUERDA: no dar lugar a la suspensión del acto administrativo recurrido, dictado por la Oficina Española de Patentes y Marcas, en el expediente nº 01365/05; y sin perjuicio de lo que en definitiva se acuerde en el presente proceso».SEGU...Ver el contenido completo de este documento
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