Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 27 de Febrero de 2007

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. La exclusión del plazo temporal en la duración de las relaciones de interinidad por vacante puede producir comportamientos abusivos o fraudulentos en la utilización del tipo contractual. Pero, aparte de que tales desviaciones pueden surgir en el marco de las Administraciones públicas en las que el plazo no rige, la reacción frente a las mismas debe abordarse en cada caso ante las denuncias que en este sentido se formulen, sin olvidar el recurso a las pretensiones que tengan por objeto la puesta en marcha de los procesos de selección a través de las oportunas convocatorias.En primera instancia se estima demanda y desestima otra. Se desestima suplicación. Se estima casación.

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Historial del Caso


→ Estima el recurso contra Sentencia nº 304/2005 de TSJ Navarra (Pamplona), Sala de lo Social, 26 de Septiembre de 2005

☞ Sentencia Favorable a: Correos y Telégrafos

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 27 de Febrero de 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Febrero de dos mil siete.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de los recursos de casación para la unificación de doctrina interpuestos por CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A. defendido por el Abogado del Estado y Dña. Gema y otra defendida por el Letrado Sr. Barcos Pérez contra la Sentencia dictada el día 26 de Septiembre de 2005 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el Recurso de suplicación 309/05, que a su vez había sido ejercitado frente a la Sentencia de fecha 26 de Mayo de 2005 pronunció el Juzgado de lo Social número dos de Pamplona en el Proceso 240/05, que se siguió sobre despido a instancia de DOÑA Gema y otra contra la expresada recurrente.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JUAN FRANCISCO GARCÍA SÁNCHEZ

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El 26 de septiembre de 2995 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra dictó sentencia, en virtud del recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona, en los autos nº 240/05, seguidos a instancia de Dª. Esther y otros contra el CORREOS Y TELÉGRAFOS, S.A., sobre despido. La parte dispositiva de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra es del tenor literal siguiente: " Que desestimamos los recursos de Suplicación formulados por la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A., DOÑA Gema Y DOÑA Esther, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nª Dos de los de Navarra, en el Procedimiento 240/05, sobre Despido, debemos confirmar y confirmamos ...

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