Sentencia nº * de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Noviembre de 1995
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Resumen
"RECURSO DE CASACIÓN. PROCEDENCIA. La casación no es una tercera instancia en la que el Tribunal Supremo no pudiera revisar y valorar ""ad libitum"" las pruebas practicadas, por lo que sólo es dable un motivo de casación fundado en el ordinal cuarto (anterior a la reforma de 1992) si existe un documento litero-suficiente, en el sentido de que por sí mismo, sin necesidad de deducciones ni en relación con otros instrumentos probatorios, manifiesta lo contrario de lo declarado en la sentencia que se recurre, no siendo aptos a estos efectos los documentos examinados y valorados en la instancia, ni la constancia documental de otras pruebas efectuadas en el proceso, pues si se discrepa de la valoración obtenida, ha de encauzarse el motivo de casación por la vía del ordinal quinto, con cita de la norma valorativa de la concreta prueba que se haya infringido, razonando por qué y cómo lo ha sido. Se desestima el recurso de Casación."
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia nº * de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Noviembre de 1995
En la Villa de Madrid, a
En la Villa de Madrid, a 10 de Noviembre de 1.995. Visto por laSala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margenindicados, los recursos de casación contra la sentencia dictada en grado deapelación por la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Castellónde la Plana, como consecuencia de los autos de juicio declarativo de menorcuantía, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Castellón, sobrereclamación de cantidad; cuyos recursos ha sido interpuestosrespectivamente por DON Alfonso, representado por el Procuradorde los Tribunales D. Jesús Verdasco Triguero, no asistiendo al acto de lavista su Letrado; y por las Sociedades "CARNOT, S.A.", "SUMINISTROS YMONTAJES ESPECIALES, S.A. (SUYME)", "HERRAMIENTAS PARA MONTAJES YCONTRATAS, S.A. (HEMYC, S.A.)" y "SIREMA, S.A.", representadas todas ellaspor el también Procurador de los Tribunales D. José Ramón-Gayoso Reyasistidas del Letrado D. José-Antonio García-Trevijano Garnica.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.-Ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Castellón,fueron vistos los autos de juicio ordinario declarativo de menor cuantía,instados por D. Alfonso, contra "CARNOT, S.A., HEMYC, S.A.,SIREMA, S.A. y SUYME, S.A.", sobre reclamación de cantidad. Por la parte actora se formuló demanda con arreglo a lasprescripciones legales, alegando los hechos y fundamentos de derecho quetuvo por convenie...Ver el contenido completo de este documento
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