Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Abril de 2003

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Resumen


"RECURSO DE CASACIÓN. El recurso planteado incurre en la causa de inobservancia del art. 1707 de la LEC porque denunciados como infringidos por la sentencia recurrida los arts. 133, 135 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, es doctrina de esta Sala que no se cumple el art. 1707 LEC cuando las normas infringidas se citan mencionando un determinado artículo seguido de la fórmula ""y siguientes"", ""y concordantes"" u otra similar, como sería la cita de todo un grupo de artículos, pues este proceder implica que correspondería a esta Sala, y no al recurrente, la obligación de buscar la norma infringida, cuando es claro que los arts. 1692.4°, 1707 y 1710.1-2ª LEC imponen tal obligación exclusivamente al recurrente y que se originaría un grave riesgo de indefensión a la parte recurrida si en la sentencia esta Sala estimarse un motivo de casación por infracción de uno de los muchos preceptos ""siguientes"" o ""concordantes"" al específicamente citado por la recurrente. Se inadmite la apelación."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 29 de Abril de 2003

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Abril de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- El Procurador D. Federico Pinilla Peco, en nombre y representación de la entidad mercantil "HINOJAL GARCÍA, S.L.", presentó ante esta Sala escrito de interposición de recurso de casación contra la ...

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