Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 18 de Diciembre de 2002

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Resumen


"ACTO ADMINISTRATIVO. La interpretación que el Tribunal Constitucional ha considerado conforme con la Constitución integra también estas dos declaraciones: de un lado, que la carga procesal exigible a quien prepara el recurso de casación no se libera citando apodícticamente las normas estatales o europeas que se reputen infringidas sin añadir justificación alguna, es decir, omitiendo el juicio de relevancia legalmente exigible; y de otro, que el defecto de justificación apreciable en el escrito de preparación no es subsanable en el escrito de interposición. Se desestima la casación. "

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Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 18 de Diciembre de 2002

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Diciembre de dos mil dos.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación interpuesto por LA GENERALIDAD VALENCIANA, representada por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, contra sentencia de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 10 de noviembre de 1996, sobre impugnación de determinadas disposiciones de la Generalidad Valenciana.

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