Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Diciembre de 2001

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. CUANTÍA MÍNIMA. Para tener acceso al recurso de casación existe una cuantía mínima que debe ser respetada, y que es de seis millones de pesetas. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la casación.

Frases clave


SEGUNDO.- En el presente supuesto la cuantía del recurso, tanto en la instancia como en casación, se señaló como indeterminada. No obstante, el recurso debe declararse inadmisible por razón de la cuantía, al no superar ésta el limite de seis millones de pesetas que fija el artículo 93.2.b) para dar acceso a la casación. En efecto, según consta en escritura otorgada con fecha 9 de febrero de 1981, la edificación cuyo levantamiento se ordena es "una barraca para baños" que mide cuatro y medio metros de frente por catorce de fondo, que se vende en tal fecha por el precio de veintiocho mil pesetas, que en el año 1990 tiene un valor catastral de 736.473 pestas, y cuyo coste de demolición ha sido presupuestado a efectos de ejecución subsidiaria en ciento sesenta y cuatro mil quinientas veintinueve pesetas.

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Diciembre de 2001

D. OSCAR GONZALEZ GONZALEZD. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. MANUEL CAMPOS SANCHEZ-BORDONAD. FRANCISCO TRUJILLO MAMELYD. FERNANDO CID FONTAN

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Diciembre de dos mil uno.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación inte...

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