Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Enero de 2001

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. CUANTÍA. Nos hallamos ante una reclamación dineraria cuya cuantía en modo alguno excede de seis millones de pesetas, y en consecuencia excluida del apartado 93.1 de la misma Ley que permite el acceso al presente recurso, sin que a ello sea obstáculo la indeterminación en la cuantía que atribuye el asunto el Auto de 24 de junio de 1.992 del Tribunal de origen, ni tampoco el ofrecimiento de recurso efectuado en la notificación de la sentencia, puesto que la cuantía económica de la pretensión, a efectos de admisibilidad ante este Tribunal, ha de ser determinada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.710.1.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tal como establece la reiterada doctrina de la Sala y es apreciable de oficio en cualquier momento procesal. Se desestima el recurso de casación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Enero de 2001

D. MARIANO BAENA DEL ALCAZARD. ANTONIO MARTI GARCIAD. RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOD. RODOLFO SOTO VAZQUEZD. JOSE MARIA ALVAREZ-CIENFUEGOS SUAREZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Enero de dos mil uno.

Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida en su Sección Cuarta por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto por DON Alberto Y DOÑA Sofía , representados por el Procu...

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