Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 21 de Diciembre de 2004

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN.ADMISIÓN.Las normas sobre costas no pueden ser invocadas en el recurso de casación, ya que no son normas de naturaleza sustantiva como lo evidencia el hecho de que se encuentran recogidas en la LEC, ni tampoco por medio del recurso extraordinario por infracción procesal.Se inadmite el recurso de casación y extraordinario.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Tribunal

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 21 de Diciembre de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Diciembre de dos mil cuatro.

I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- El Procurador D. Carlos Javier Sobrino Cortés, en nombre y representación de D. Juan Miguel, presentó, con fecha 24 de febrero de 2001, escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, con fecha 15 de enero de 2001, por la Audiencia Provinical de Gerona (Sección Segunda), en el rollo de apelación 338/2000, dimanante de los autos 138/1994 del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Santa Coloma de Farnés.

2.- Mediante Providencia de 6 de marzo de 2001 la Audiencia tuvo por interpuestos los recursos y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes litigantes.

3.- Recibidas las actuaciones en este Tribunal y formado el presente rollo, el Procurador D. Alfonso Blanco Fernández, en n...

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