Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Noviembre de 2004
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. Al haberse tramitado el procedimiento por razón de la cuantía no es posible su acceso a la casación. Se exceptúa aquellos asuntos que habiéndose tramitado en atención a su cuantía la misma no exceda el límite de veinticinco millones de pesetas, hoy 150.000 euros. Debe añadirse que el acceso a la casación por la vía del citado art. 477.2-1° de la LEC no se produce por el simple hecho de que la materia litigiosa se refiera o afecte a uno de los derechos fundamentales reconocidos por la Norma Suprema, sino que es preciso que su tutela jurisdiccional haya constituido el específico objeto del litigio. Se inadmite el recurso interpuesto.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 10 de Noviembre de 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a diez de Noviembre de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO 1.- En el rollo de apelación nº 92/2003 la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección Primera) dictó Auto, de fecha 18 de diciembre de 2003, declarando no haber lugar a tener por preparado recurso de casación por la representación de Dª Begoña y D. Mauricio, los cuales actuan en nombre y representación de la la menor Dª María Teresa, con...Ver el contenido completo de este documento
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