Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 18 de Octubre de 2005

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Resumen


"RECURSO DE CASACIÓN. Ni se ha alegado el daño para el interés general que de la Sentencia dictada se derivaría, ni consiguientemente se han expuesto las circunstancias que permitirían que aquel quedase evidenciado. Procede la desestimación del recurso, al faltar el presupuesto previsto en el art. 100 de la Ley jurisdiccional, y no haberse expuesto los datos que permitieran a esta Sala valorar si realmente podría haber una grave afectación de los intereses generales. En el proceso contencioso - administrativo se estima parcialmente la apelación interpuesta por el particular, reconociéndose el derecho del mismo al pago de una indemnización; se desestima la apelación interpuesta por la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Se desestima el recurso de casación."

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 18 de Octubre de 2005

JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZENRIQUE LECUMBERRI MARTIAGUSTIN PUENTE PRIETOSANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIAMARGARITA ROBLES FERNANDEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Octubre de dos mil cinco.

Visto por la Sala Tercera, Sección Sexta del Tribunal Supremo constituida por los señores al margen anotados el presente recurso de casación con el número 41/04 que ante la misma pende de resolución interpuesto por la representación procesal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia contra sentencia de fecha 9 de Marzo de 2.004 dictada en el recurso de apelación 118/03 por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. Siendo parte recurrida la...

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