Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Enero de 2001
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Resumen
RECUROS DE CASACIÓN. No solo no se ha justificado que la infracción de normas no emanadas de órganos de la comunidad autónoma haya sido relevante y determinante del fallo, justificación que requiere la explicitación del porqué y de que forma ha influido y ha sido determinante del fallo, sino que ni siquiera cita ni indica las normas concretas reputadas como infringidas, refiriéndose de modo genérico como normas estatales relevantes y determinantes del fallo a la Constitución, Ley de Bases de Régimen Local, Ley del Suelo de 1976 y Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin otra concreción, lo que habría de determinar, en estricta aplicación del artículo 100.2.a) de la Ley Jurisdiccional Contencioso Administrativa la inadmisión del recurso, que ya en este tramite procesal, se transforma en desestimación del mismo y de los motivos opuestos. Se desestima el recurso de casación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 31 de Enero de 2001
D. JUAN MANUEL SANZ BAYOND. RICARDO ENRIQUEZ SANCHOD. JORGE RODRIGUEZ-ZAPATA PEREZD. PEDRO JOSE YAGÜE GILD. MANUEL VICENTE GARZON HERRERO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a treinta y uno de Enero de dos mil uno.Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores al margen anotados, el recurso de casación que con el núm. 9513/1995 ante la misma pende de resolución, interpuesto por las representaciones procesales, respectivamente del Ayuntamiento de Roda de Ter y de la Compañía...Ver el contenido completo de este documento
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