Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 21 de Octubre de 2003
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Resumen
RECLAMO POR CANTIDAD. INADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN. La contradicción es inexistente al ser distintos los supuestos de hecho enjuiciados y como consecuencia de ello las cuestiones que en cada caso son objeto de debate y el fundamento de las pretensiones. La situación descrita no guarda identidad alguna con la de autos donde el problema se plantea, por lo que se debe inadmitir el recurso planteado. En primera instancia se desestimó la demanda. En segunda instancia desestimó la apelación. Planteado recurso de casación fue inadmitido.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 21 de Octubre de 2003
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Octubre de dos mil tres.HECHOS
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 13 de los de Madrid se dictó sentencia en fecha 26 de junio de 2002, en el procedimiento nº 373/02 seguido a instancia de Marcoscontra AVANZIT TECNOLOGIA, S.L., sobre cantidad, que desestimaba la pretensión formulada. SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandante, siendo dictada sentencia por la Sala ...Ver el contenido completo de este documento
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