Sentencia nº / de TS, Sala 4ª, de lo Social, 18 de Abril de 2002
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Resumen
RECLAMO POR COMPLEMENTO POR ANTIGÜEDAD. NULIDAD DE LA SENTENCIA. Ante la falta de elementos imprescindibles con arreglo a las previsiones del precepto, dado que ni en el momento del juicio, con reflejo en el Acta, se formuló alegación y prueba de afectación general, ni se alegó la notoriedad, ni en la sentencia de instancia se incluyó, se debe decretar de oficio la nulidad de la sentencia. La falta de apoyatura en los requisitos antes aludidos impide que la sola afirmación hecha en la sentencia de suplicación permita aplicar la Ley de Procedimiento Laboral y atribuir el carácter de recurrible a la sentencia de la que traen causa las presentes actuaciones, y así de acuerdo con el dictamen del Ministerio Fiscal, no fue viable el recurso de suplicación, la sentencia del Juzgado devino firme desde su pronunciamiento al no ser susceptible de impugnación, y desde ese momento deberá declararse la nulidad de las actuaciones. En primera instancia se desestimó la demanda. En segunda instancia se estimó la apelación. Planteado recurso de casación fue declarada la nulidad de la sentencia.
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Extracto
Sentencia nº / de TS, Sala 4ª, de lo Social, 18 de Abril de 2002
D. LUIS GIL SUAREZD. ANTONIO MARTIN VALVERDED. JESUS GULLON RODRIGUEZDª. MILAGROS CALVO IBARLUCEAD. LEONARDO BRIS MONTES
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Abril de dos mil dos. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Letrado de la XUNTA DE GALICIA contra la sentencia de fecha 6 de abril de 2001, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en recurso de suplicación nº 3537/97, interpuesto contra la sentencia de fecha 27 de Junio de 1997 , dictada por el Juzgado de lo Social nº UNO de VIGO , en autos nº 377/97 , seguidos a instancia de Dª Eugenia , Dª Mariana , Dª Teresa , Dª Claudia ...Ver el contenido completo de este documento
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