Sentencia nº 968/1995 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Noviembre de 1995
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Resumen
RECLAMO DE CANTIDAD. INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE. Se debe confirmar la sentencia condenatoria al abono por los daños físicos sufridos por el menor, toda vez que la sentencia impugnada apoya la declaración de inexistencia de culpa exclusiva de la víctima en el hecho de su edad, pero no puede sin mas hacer valer la presunción de no interferencia de la conducta del menor en la cadena causal generadora de los daños, pues si el menor hubiera estado vigilado por sus padres, nada hubiera pasado. Concluye afirmando que las reglas del criterio humano, en análisis objetivo, determinan que el menor se interfirió en la cadena causal, por lo que sin tener en cuenta su edad u culpa exclusiva es diáfana. En primera instancia se estimó la demanda. En segunda instancia se desestimó la apelación. Planteado recurso de casación fue desestimado.
Frases clave
“ El desarrollo del motivo, dice que la sentencia impugnada apoya la declaración de inexistencia de culpa exclusiva de la víctima en el hecho de su edad, pero ésta, a juicio del recurrente, no puede sin mas hacer valer la presunción de no interferencia de la conducta del menor en la cadena causal generadora de los daños, pues si el menor hubiera estado vigilado por sus padres, nada hubiera pasado. Concluye afirmando que las reglas del criterio humano, en análisis objetivo, determinan que el menor se interfirió en la cadena causal, por lo que sin tener en cuenta su edad, su culpa exclusiva es diáfana. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Perjudicado
Extracto
Sentencia nº 968/1995 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Noviembre de 1995
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a ocho de Noviembre de mil novecientos noventa y cinco. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Navarra, Sección Primera como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia Número Uno de Pamplona, sobre reclamación de cantidad; cuyo recurso fue interpuesto por D. Gabriel, representado por el Procurador D. Isacio Calleja García, representado por el Letr...Ver el contenido completo de este documento
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