Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Marzo de 1996

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Resumen


"RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. CONFESIÓN JUDICIAL. Se inicia reclamación de cantidad. La Sala no infringe la indivisibilidad de la confesión judicial al entender que la orden de transferencia se había dado por dicha persona, no obstante su negativa, pues ello es consecuencia de que la firma estampada ha de admitirse como presunción ""iuris tantum"" de la conformidad de quien la puso con lo que consta en el documento. En primera instancia se estima la demanda. Se estiman en parte los recursos de apelación. Se desestima la casación. "

Frases clave


la Sala no

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acreedor

Extracto


Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 8 de Marzo de 1996

En la Villa de Madrid, a

En la Villa de Madrid, a 08 de Marzo de 1.996. Visto por la Sala

Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen

indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de

apelación por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19ª), como

consecuencia de autos de juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado

de Primera Instancia núm. 44 de Madrid, sobre reclamación de cantidad, cuyo

recurso fue interpuesto por "Flores de Andalucía, S.A.", representada por

la Procuradora Dª Pilar Crespo Núñez y asistida por el Letrado D. Jesús

Blanco Compaña, en el que es recurrida "Explotación Agrícola La Orbaneja" y

el Iltmo. Ayuntamiento de Paradas (Sevilla), que no han comparecido ante

este Tribunal Supremo.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 44 de Madrid,

fueron vistos los autos de juicio de menor cuantía, promovidos a instancia

del "Banco Hispano Americano", representado por el Procurador D. J...

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