Sentencia nº 556/1992 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 4 de Junio de 1992

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Resumen


"RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Se imputa error a la Sala de instancia en cuanto declaró que las cuotas antes referidas habían sido impagadas y se alega que ""ello no resulta de ningún elemento probatorio, sino de la simple afirmación de la Caja""; como documento básico se alude al privado de fecha 27 de Enero de 1984, del que no sólo no se infiere lo sostenido por la recurrente sino más bien permite afirmar lo contrario, ya que expresamente consta en el mismo que las cantidades abonadas se computan como compensación a la ocupación del local, o sea no como pago de las cuotas debidas. Se desestima la casación. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº 556/1992 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 4 de Junio de 1992

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cuatro de Junio de mil novecientos noventa y dos.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 16ª), como consecuencia de de juicio de menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 12 de Barcelona, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por "OTAGA, S.A.", representada por el Procurador Don Rafael Ortiz de Solorzano Arbex, y asistida por el Letrado Don Manuel José Silva Sánchez, en el que es recurrida "CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA", representada por el Procurador Don Luis Suarez Migoyo, y asistida del Letrado Don Tomás Qui Mori.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Ante e...

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