Sentencia nº 942/1996 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 16 de Noviembre de 1996

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Resumen


"RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Presentada la demanda en 10 de febrero de 1988, sin que en esa fecha se hubiera formalizado ni estuviera pendiente de formalización el compromiso, era competente para conocer del litigio el Juzgado de Primera Instancia, jurisdicción que se extiende a los órganos jurisdiccionales que hubieran de intervenir en las sucesivas instancias procesales; procede así la desestimación del motivo si bien no se acepte la fundamentación jurídica dada al respecto por la Sala ""a quo"". Se desestima la demanda. Se desestima la apelación."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado

Extracto


Sentencia nº 942/1996 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 16 de Noviembre de 1996

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía; seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 21 de los de Madrid, sobre reclamación de cantidad; cuyo recurso fue interpuesto por Dª Maite, representada por el Procurador de los Tribunales D. José Tejedor Moyano; siendo parte recurrida DIRECCION001. representada por el Procurador de los Tribunales D. Francisco de las Alas Pumariño Miranda.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-

1.- El Procurador de los Tribunales D. Francisco de las Alas Pumariño, en nombre y represent...

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