Sentencia nº 794/1992 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 24 de Julio de 1992

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Resumen


RECLAMACION DE CANTIDAD. Las normas de interpretación de las contratos del Código civil, tienen carácter de subsidiariedad en su aplicación y su jerarquización se encuentra recogida explícitamente en el artículo 1.281 del Código civil, al conceder absoluta preferencia a los términos del contrato, debiéndose escudriñr la voluntad de las contratantes tan solo en caso de dudas. Se desestima el recurso de casacion.

Frases clave


solo cabe la interpretación conjunta del contrato, para atribuir a las cláusulas dudosas su mas acertado sentido, cuando, efectivamente, las cláusulas, en cuestión, ofrezcan diversos sentidos, ninguna de cuyas circunstancias se produce en el caso presente

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Extracto


Sentencia nº 794/1992 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 24 de Julio de 1992

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Julio de mil novecientos noventa y dos.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos, juicio declarativo de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera instancia número doce de Madrid, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por Luis Pedrorepresentado por el procurador de los tribunales Don Román Velasco Fernández y asistido del Letrado Don Ramón López Vilas, en el que es recurrida la empresa B.M.W. Ibérica S.A. representada por el procurador de los tribunales Don Antonio Rafael Rodríguez Muñoz y asistida del Letrado Don Miguel Moscardó-Morales Vara del Rey.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-Ante el Juzgado de Primera instanci...

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