Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 6 de Julio de 2004

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Resumen


"RECLAMACIîN DE REINTEGRO DE CUOTAS COLEGIALES A LA ADMINISTRACIîN DEL ESTADO. La actora reclama el reintegro de la cantidad abonada en concepto de cuotas de car‡cter colegialcon. En primera instancia es admitida la demanda . En segunda instancia es estimada la apelaci—n y se interpone casaci—n para unificaci—n de doctrina, pues, la ""Administraci—n del Estado"" es la responsable del pago de las cantidades que se reclaman en la demanda, ya que la norma hace recaer sobre ella, en todo caso, la responsabilidad del abono de los atrasos o cualesquiera indemnizaciones que correspondieran al personal transferido por causa de su situaci—n anterior al traslado; debiŽndose tener en cuenta que las cuotas colegiales objeto de tal reclamaci—n son suplidos que debe hacer efectivos el empleador al empleado en cada uno de los meses en que se tuvieron que satisfacer al Colegio profesional. La expresi—n ÒAdministraci—n del Estado"" empleada debe ser entendida en un sentido amplio y flexible, comprensivo de todas aquellas entidades u organismos de car‡cter estatal que transfieren funciones y servicios a una Comunidad Aut—noma. El Tribunal estima la casaci—n para la unificaci—n de doctrina.-"

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrente

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 6 de Julio de 2004

D. LUIS GIL SUAREZD. VICTOR ELADIO FUENTES LOPEZD. ANTONIO MARTIN VALVERDEDª. MILAGROS CALVO IBARLUCEAD. JOSE MARIA BOTANA LOPEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a seis de Julio de dos mil cuatro.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Manuel Gómez Montes en nombre y representación del Instituto Madrileño de la Salud, contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 5 de mayo de 2003, recaída en el recurso de suplicación num. 197/03 de dicha Sala, que resolvió el formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, dictada el 14 de mayo en los autos de juicio num. 246/02, iniciados en virtud de demanda presentada por doña Guadalupe contra el Instituto Nacional de la Salud, INSALUD, y el Instituto Madrileño de la Salud, IMSALUD, sobre reclamación de derechos y cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Doña Guadalupe presentó demanda ante los Juzgados de lo Social de Madrid el 18 de marzo de 2002, siendo...

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