Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Febrero de 2002

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Resumen


"R. CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. FALTA DE IDENTIDAD. INADMISIÓN. El actor demanda en el recurso contencioso-administrativo, sobre imposición de sanción por prestación de servicio de seguridad sin haber obtenido inscripción en Registro de Empresas de Seguridad. Es desestimada la demanda, interpone recurso de casación para la unificación de doctrina planteado por el actor. El Tribunal entiende que en los recursos de casación para la unificación de doctrina, resulta requisito primario a considerar, por obvias razones, el relativo a las identidades determinantes de la efectiva, concurrencia de la contradicción alegada, esto es, en la terminología empleada en el artículo 96.1 de la Ley Jurisdiccional, de 13 de julio de 1.998, ""si respecto a los mismos litigantes u otros diferentes en idéntica situación y, en mérito a hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales se hubiere llegado a pronunciamientos distintos"", y a tal efecto, debemos anticipar que en las sentencias de contraste citadas por la parte recurrente, para fundamentar su recurso, -advertimos que la emanada de la Sala de Sevilla, no contiene mención de su firmeza-, se afirma como presupuesto básico fundamental, en una y en otra, que ""carece del preceptivo acuerdo de incoación del procedimiento sancionador o ""no aparece la adopción del acuerdo de incoación del expediente sancionador"", en tanto que en la ahora recurrida literalmente se consigna"". Por lo que se desestima la casación del actor."

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº / de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Febrero de 2002

D. JESUS ERNESTO PECES MORATED. JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZD. ENRIQUE LECUMBERRI MARTID. JOSE MARIA ALVAREZ-CIENFUEGOS SUAREZD. FRANCISCO GONZALEZ NAVARRO

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Febrero de dos mil dos.

Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida en Sección por los Señores reseñados al margen, el recurso de casación para la Unificación de Doctrina, que con el número 931/2.001, ante la misma pende de resolución, interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Adela Cano Lantero, en nombre y repr...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía