Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 17 de Febrero de 2004

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Resumen


RECURSO DE QUEJA. RECURSO DE CASACIÓN. RECURSO EXTRAORDINARIO. INFRACCIÓN PROCESAL. ADMISIBILIDAD. Frente a sentencia que determina tener por no preparado los resursos de casación y extraordinario por vicios procesales se ineterpone la presente queja. La resolución que se internta recurrir puso fin a un juicio verbal. El recurso de casaciónqueda limitado a una estricta función revisora del juicio jurídico consistente en la determinación del alcance y significado jurídico de los hechos probados. El interés casacional nunca puede basarse en jurisprudencia o normas relativas a cuestiones procesales como pretende la recurrente. Si la Sentencia dictada en segunda instancia por la Audiencia no es susceptible de recurso de casación, ello determinará la improcedencia del recurso extraordinario por infracción procesal. Se desestima la queja.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Auto de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 17 de Febrero de 2004

AUTO

En la Villa de Madrid, a diecisiete de Febrero de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO

1.- En el rollo de apelación nº 306/2002 de la Audiencia Provincial de Alicante (Sección 6ª) dictó Auto, de fecha 31 de marzo de 2003, declarando no haber lugar a tener por preparado recurso de casación y extraordinario por infracción procesal por la representación de Dª. Yolanda, contra la Sentencia de fecha 17 de octubre de 2002 dictada por dicho Tribunal.

2.- Contra dicho Auto se interpuso recurso de reposición que fue denegado por Auto de fecha 17 de septiembre de 2003, habiéndose entregado el testimonio de ambas resoluciones a los efectos del artº. 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero.

3.- Por la Procuradora Dª. Mª. Luisa López-Puigcerver Portillo, en nombre y representación de la indicada parte litigante, se ha interpuesto recurso de queja por entender que cabía recurso de casación y extraordinario por inf...

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