Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 28 de Marzo de 2006

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Resumen


PRUEBA. RESULTADOS. ERROR JUDICIAL. Se impugna condena penal. Es cuestión distinta que no se admita o no se valore una determinada prueba y que, admitida y valorada dicha prueba, se haga en un sentido o con un resultado divergente del pretendido por quien la propone. El error judicial debe ser puesto en evidencia mediante documentos literosuficientes. Condena penal. La casación fue estimada parcialmente. Segunda sentencia.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Condena

Extracto


Sentencia de TS, Sala Quinta, de lo Militar, 28 de Marzo de 2006

ANGEL CALDERON CEREZOJOSE LUIS CALVO CABELLOAGUSTIN CORRALES ELIZONDOANGEL JUANES PECESJAVIER JULIANI HERNAN

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Marzo de dos mil seis.

Visto el recurso de casación número 101/31/2005, que pende ante esta Sala, interpuesto por la Procuradora Doña Magdalena Ruiz de Luna en nombre y representación del Guardia Civil Don Jose Ignacio, bajo la dirección letrada de Don Angel Roberto Forte Sánchez, contra la sentencia de fecha 19 de enero de 2005, dictada por el Tribunal Militar Territorial Cuarto, en el Sumario número 43/28/01 , seguido por el presunto delito de desobediencia en acto de servicio de armas, siendo condenado a la pena de seis meses de prisión con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo y suspensión de empleo. Han sido partes el recurrente y el Excmo. Sr. Fiscal Togado y han concurrido a dictar Sentencia los Excmos. Sres. arriba mencionados, bajo la ponencia del Sr.D. JAVIER JULIANI HERNÁN, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 3 de abril de 2003, el Tribunal Militar Territorial Cuarto dictó sentencia...

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