Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 5 de Junio de 2001

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Resumen


PROTECCIÓN JURISDICCIONAL DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Es necesario ya en el escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo, que se definan los elementos que permitan comprobar que la pretensión procesal es ejercitada en relación a actos que se considera infringen el derecho fundamental cuya tutela se postula a través del proceso. En primera instancia no se admite contencioso administrativo. Se desestima casación.

Frases clave


El núcleo de esa doctrina se puede sintetizar en la necesidad de que, ya en el escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo, y a los efectos de una primera constatación de la viabilidad del cauce procesal especial utilizado, se han de definir los elementos que permitan comprobar que la pretensión procesal es ejercitada en relación a actos que se considera infringen el derecho fundamental cuya tutela se postula a través del proceso.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 5 de Junio de 2001

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cinco de Junio de dos mil uno.

Visto por la Sección Séptima de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores arriba anotados, el recurso de casación que con el número 7291/1998 ante la misma pende de resolución, interpuesto por la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO, representada por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, contra los Autos de 2 de marzo y 12 de junio de 1.998, dictados por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Ha comparecido como parte recurrida el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LUGO interpuso recurso contencioso-administrativo contra determinadas actuaciones de la Agenc...

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