Sentencia nº 34/1996 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Enero de 1996

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Resumen


PROPIEDAD INDUSTRIAL. La verdad es que cualquiera que sea el valor literario del folleto, entendido como calidad noble del arte de la expresión por medio de la palabra, lo que la Ley protege es la creación original de una composición del lenguaje escrito de modo que en el caso tal característica se da, y, por ello, procede acoger el motivo pues, aunque el autor no conste, ya que el ejercicio de los derechos de la propiedad intelectual corresponde a la persona jurídica que la saque a la luz con el consentimiento del autor, mientras este no revela su identidad y ningún dato expresa que la empresa haya actuado torcidamente respecto de los derechos en cuestión. Se estima en parte la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante

Extracto


Sentencia nº 34/1996 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Enero de 1996

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

Presidente Excmo. Sr. D. : Pedro González Poveda.

SENTENCIA

Sentencia Nº: 34/1996

Fecha Sentencia : 30/01/1996

Recurso Num : 2260/92

Votación : 16-01-96

Ponente: José Almagro Nosete

Procedencia:

Secretaría Sr./Sra.: Sr.: Bartolomé Pardo.

Cuestión de Fondo: Modelo de utilidad legitimación acción de nulidad. Concepto de novedad. Propiedad Intelectual. Folleto como creación literaria.

Excmos. Sres.:

Don Alfonso Barcala Trillo-Figueroa

Don Jose Almagro Nosete

Don Gumersindo Burgos Perez de Andrade

En la Villa de Madrid, a 30 de Enero de 1.996. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos, juicio de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera instancia número veintiséis de Madrid, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por la entidad Ventiklar, S.A. representado por el procurador de los tribunales Don Aquiles Ullrich Dotti en el que es recurrida la entidad Natural Mamparas de Baño, S.A...

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