Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 23 de Septiembre de 1998
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Resumen
PROPIEDAD HORIZONTAL. Dentro de la comunidad formada por varios titulares convive otra, que llamaríamos para entendernos subcomunidad, constituida por los que son cotitulares de cuotas dentro de la primera. Ni repugna al sentido común y jurídico que esos subcomuneros quieran extinguir la subcomunidad, ni mucho menos que los demás titulares de cuotas no hayan de intervenir en el pleito en que se quiere conseguir lo primero, porque la sentencia que se dicte les es completamente indiferente, ya que ni les va a otorgar ni a quitar derechos que tuvieren en la comunidad. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido, Comunidad de Bienes
Extracto
Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 23 de Septiembre de 1998
En la Villa de Madrid, a veintitrés de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Segunda de lo Civil de la Audiencia Provincial de Burgos de fecha 28 de abril de 1.994, como consecuencia de lo autos de juicio declarativo de menor cuantía, s...Ver el contenido completo de este documento
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