Sentencia nº 973/2003 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 23 de Octubre de 2003

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Resumen


PROPIEDAD HORIZONTAL. ABUSOS DEL DERECHO. Tratar de hacer entrar en juego la técnica del abuso del derecho, es un voluntarismo inaceptable, ya que la misma no es aplicable cuando la cuestión a debatir puede tener su respuesta adecuada y jurídica en el ejercicio normal de un derecho, y en el presente caso la parte recurrente podía haber utilizado las armas que le proporciona la Ley de Propiedad Horizontal. Y todo ello en razón a que no se puede olvidar que el abuso del derecho es una institución de equidad para la salvaguarda de intereses que todavía no alcanzan una protección jurídica, y que hay que tener en cuenta que la actuación abusiva ha de ser tomada y mensurada con cuidado y riguroso análisis de la conducta procesal abusiva, para no coartar el ejercicio de acciones. En primera instancia se desestimó la demanda. En segunda instancia se estimó la apelación. Planteado recurso de casación se fue desestimado.

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Extracto


Sentencia nº 973/2003 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 23 de Octubre de 2003

D. IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTAD. PEDRO GONZALEZ POVEDAD. JOSE DE ASIS GARROTE

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Octubre de dos mil tres.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL GARAJE DIRECCION000 , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Rosalía Ro...

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