Sentencia nº 589/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Mayo de 2000

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL. ABOGADOS. OBLIGACIÓN DE MEDIOS. Se declaro no haber lugar a la demanda entablada. Contra dicha sentencia, se formalizó recurso de casación. Es un tipo más de la responsabilidad profesional, derivada de contrato de prestación de servicios, que da lugar a obligaciones del Abogado, la esencial de llevar la dirección técnica de un proceso es obligación de actividad o medios, no de resultado, pues no se obliga a que tenga éxito la acción ejercitada sino a ejercitar ésta de una forma correcta. La doctrina jurisprudencial aplicada a este caso, hace ver claramente que no aparece declarado probado en la sentencia de instancia hecho alguno que suponga verdadero incumplimiento de la obligación del Abogado, sino todo lo contrario. El error en la presentación de un documento, carece, según declara la sentencia de instancia, de trascendencia jurídica. Por lo que se declaro no ha lugar al recurso de casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº 589/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Mayo de 2000

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación, por la Audiencia Provincial de Huelva, como consecuencia de juicio ordinario declarativo de menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número UNO de dicha capital, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por DOÑA MARIA TERESA G.M., representada por la Procuradora de los Tribunales Doña R.M.A. y defendido por el Letrado D. A. M.D. Hoyo, en el que es recurrido DON JOAQUIN L.G.D.L.S., representado por la Procuradora de los Tribunales Doña IN.R.M.

y defendido por el Letrado D. Juan José D.J..

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- 1.- Ante, el J...

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