Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 27 de Octubre de 2003
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Resumen
PRODUCTORES. PAGOS COMPENSATORIOS. Del Reglamento CEE aplicable se deduce que el Estado español y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en ejercicio de sus competencias no estaban obligados por la fijación de rendimientos anterior, y podían modificarla precisamente para proteger a las zonas desfavorecidas. En consecuencia no puede reprocharse a la Orden impugnada ser arbitraria o escasamente objetiva, por lo que la Sentencia no ha vulnerado el art. 3 del Reglamento CEE 1765/92, regulador de la materia, al abstenerse de apreciar la alegada arbitrariedad. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 27 de Octubre de 2003
D. JUAN GARCIA-RAMOS ITURRALDED. JUAN ANTONIO XIOL RIOSD. MARIANO BAENA DEL ALCAZARD. ANTONIO MARTI GARCIAD. RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOD. RODOLFO SOTO VAZQUEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintisiete de Octubre de dos mil tres. Visto el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Jóvenes Agricultores (ASAJA) (Sevilla) contra la Sentencia de la Audiencia Nacional de 12 de abril de 2.000, relativa a norma reguladora de las ayudas a la producción agrícola y ganadera, habiendo comparecido la citada Asociación así como el Abogado del Estado en la representación que le es propia.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- En 12 de abril de 2.000 por la Sala c...Ver el contenido completo de este documento
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