Auto nº 1945/2003 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 27 de Noviembre de 2003

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Resumen


PROCESO PENAL. ACUMULACION DE CONDENAS. Sólo serían acumulables todas las condenas por delitos que no estuviesen ya sentenciados en el momento de la comisión del hecho que da lugar a la última resolución, con independencia de que tuviesen analogía o relación entre sí, pues todos ellos podrían haber sido enjuiciados en un solo proceso. En primera instancia se desestima la solicitud de acumulación. Se inadmite la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Auto nº 1945/2003 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 27 de Noviembre de 2003

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Noviembre de dos mil tres.I. HECHOS

PRIMERO.- Dictado auto por el Juzgado Penal nº. 6 de Valencia, en ejecutoria 251/2002, se interpuso Recurso de Casación por Marco Antoniorepresentado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Dolores Mota Zaldivar.

SEGUNDO.- En el trámite...

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