Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 29 de Septiembre de 2005

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Abogados Público y Administrativo

Resumen


"PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER PÚBLICO. REQUISITOS. Se impugna sentencia que anula resolución administrativa. Estas prestaciones se caracterizan por ser de exigencia coactiva. Lo decisivo a la hora de dilucidar si una prestación patrimonial es coactivamente impuesta radica en averiguar si el supuesto de hecho que da lugar a la obligación ha sido o no realizado de forma libre y espontánea por el sujeto obligado. Estamos en presencia de prestaciones coactivamente impuestas cuando: 1º) El servicio público es impuesto al particular por el ente público; 2º) El servicio público es objetivamente indispensable para poder satisfacer las necesidades básicas de la vida; 3º) La utilización de bienes, servicios o actividades es realizada por los entes públicos en posición de monopolio de hecho o de derecho. La demanda fue estimada. La apelación fue desestimada."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandante, Administrado, Empresa, Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 29 de Septiembre de 2005

JAIME ROUANET MOSCARDORAFAEL FERNANDEZ MONTALVOMANUEL VICENTE GARZON HERREROJUAN GONZALO MARTINEZ MICOEMILIO FRIAS PONCE

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintinueve de Septiembre de dos mil cinco.

Visto por la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación núm. 179/2000, interpuesto por el Abogado del Estado, en representación de la Administración General del Estado, contra la sentencia, de fecha 19 de octubre de 1999, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso de dicho orden jurisdiccional núm. 1683/1998, formulado contra la desestimación presunta del recurso ordinario deducido ante el Excmo. Sr. Ministro de Fomento en solicitud de nulidad de distintas liquidaciones por Tarifa T-3, practicadas por las Autoridades Portuarias de Málaga, en base a la Orden de 30 de ener...

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