Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 3 de Noviembre de 1993
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Resumen
PRESCRIPCIÓN DE MULTAS. El instituto de la prescripción deviene aplicable en el campo del ilícito administrativo, pues se producirían situaciones incompatibles con la seguridad jurídica y discriminatorias respecto a supuestos en los que el reproche es menos intenso que en el ámbito penal, y cuando no existe norma específica al respecto procede el cómputo del plazo de dos meses establecido en el Código Penal para las faltas, sin distinción de clase alguna, aplicándose también dicho plazo de prescripción cuando el procedimiento administrativo se paraliza más de dos meses, pues la prescripción opera igualmente cuando, una vez incoado el procedimiento, el mismo queda paralizado durante el indicado plazo por culpa no imputable al interesado. Estimado el recurso contencioso administrativo, se interpuso recurso de casación que fue desestimado.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Reclamante
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 3 de Noviembre de 1993
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a tres de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.Visto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, constituida por los señores al margen anotados, el recurso de apelación que con el núm. 1.258/91, ante la misma pende de resolución, interpuesto por el Letrado de la Generalidad de Cataluña, en representación y defensa de la misma, contra la sentencia dictada el 6 de septiembre de 1.990 por la...Ver el contenido completo de este documento
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