Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 16 de Noviembre de 1993

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Resumen


PRESCRIPCIÓN DE DELITO. INJURIA Y CALUMNIA. El auto recurrido acordó la extinción de la responsabilidad criminal por prescripción de los delitos de injuria y calumnia que presuntamente se imputaban a los querellados. Siendo que las diligencias judiciales, y el auto de procesamiento en su día circunscribieron la investigación procedimental a las ya referidas infracciones penales. Así, independientemente de las causa determinantes de la inactividad, la prescripción opera por el mero transcurso del plazo. Los delitos de injurias y calumnia prescriben por el transcurso de seis meses y un año, respectivamente, término sobradamente traspasado en el presente. En primera instancia se declaró la prescripción, planteado recurso de casación fue desestimado.

Frases clave


El auto recurrido, por medio de un sólo razonamiento, acordó la extinción de la responsabilidad criminal por prescripción de los delitos de injuria y calumnia que presuntamente se imputaban a los querellados. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, en referencia al sumario 40 de 1983 del Juzgado de Instrucción número 11 de los de la misma capital, apoyó tal decisión en la paralización que el proceso había sufrido, según consta en las actuaciones, desde el 11 de febrero de 1985 hasta el 23 de julio de 1987 , siendo así que las diligencias judiciales, y el auto de procesamiento en su día dictado, circunscribieron la investigación procedimental a las ya referidas infracciones penales.

Independientemente de las causa determinantes de la inactividad, la prescripción opera por el mero transcurso del plazo . Los delitos de injurias y calumnia prescriben por el transcurso de seis meses y un año, respectivamente, término sobradamente traspasado en el presente caso.III. FALLO

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acusado

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 16 de Noviembre de 1993

En la Villa de Madrid, a dieciséis de Noviembre de mil novecientos noventa y tres.

En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por la acusación particular constituida por D. Fidel, contra auto, de fecha quince de junio de mil novecientos noventa y dos, dic...

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