Sentencia nº 813/1993 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Julio de 1993

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. POLIZA DE SEGURO. DISCOTECA. SERVICIO DE VIGILANCIA. Se acogiendo recurso de apelación interpuesto. Contra dicha sentencia se interpuso recuros de casación. No aparece acreditado en autos que el representante legal de la entidad aseguradora, en el cuestionario previo de solicitud del seguro, declarara que la discoteca disponía de un servicio de vigilancia permanente, ni tampoco que se obligara a ello en la póliza del seguro, por lo que no cabe alcanzar la conclusión, como con criterio subjetivo e interesado pretende aquí la recurrente, de que la entidad asegurada hubiera alterado las circunstancias que agravaban el riesgo, al no tener, en el momento de producirse el incendio, el referido servicio de vigilancia que, se repite, no aparece probado hubiera declarado tenerlo, al hacer la solicitud del seguro, ni tampoco se hubiera obligado a ello en la póliza correspondiente. Por lo que se declaro no haber lugar al recurso de casación formulado.

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia nº 813/1993 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 20 de Julio de 1993

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinte de Julio de mil novecientos noventa y tres.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Huelva, sobre indemnización de daños; cuyo recurso ha sido interpuesto por SEGUROS ALBIA, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Julián del Olmo Pastor y defendida por el Letrado D. Ignacio Mejía Salvador; siendo parte recurrida ALAMEDA SUNDEHIM, S.A., no personada en estas actuaciones.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-La Procuradora de los Tribunales Dª Inmaculada Prieto Bravo en nombre y representación de la Sociedad mercantil "Alameda Sundheim, S.A.", formuló ante el Juzgado de Primera Instancia número Cua...

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