Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 14 de Mayo de 2002
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. PLUS DE CULTURA. RECARGO DE DEMORA. INADMISIBILIDAD EN RAZÓN DE LA CUANTÍA. Se recurre la sentencia que estima parcialmente el recurso contra la resolución de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras que desestimó el recurso de alzada contra resolución que impone recargo de demora sobre las cantidades devengadas en concepto de plus de cultura o suplidos, y opera. Si bien en un principio se estableció la cuantía del recurso en 19.300.025 pesetas, es, como ya se ha dicho, doctrina reiterada de este Tribunal, que tratándose de cuotas por débitos a la Seguridad Social, las cifras que deben tomarse en consideración, son las cuotas mensuales, en atención a que tales cuotas se autoliquidan e ingresan por el sujeto obligado mes por mes, y es notorio que en el supuesto que nos ocupa ninguna de las cuotas mensuales rebasa la cantidad de seis millones de pesetas. Se inadmite el recurso.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 14 de Mayo de 2002
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a catorce de Mayo de dos mil dos. Visto por la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, compuesta por los Magistrados anotados al margen, el recurso de casación nº 4580/96, interpuesto por la entidad Horotel S.A., representada por el Procurador D. José Carlos Peñalver Garceran, contra la sentencia de 17 de abril de 1996 de la Sala...
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