Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Febrero de 2009

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Febrero de 2009

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de febrero de dos mil nueve

Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo el Recurso de Casación 9381/2004 interpuesto por la sociedad LAS HERMOSILLAS, S. A., representada por el Procurador D. Luciano Rosch Nadal y asistida de Letrado, siendo parte recurrida la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por Abogado del Estado; promovido contra la sentencia dictada el 9 de junio de 2004 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en Recurso Contencioso-Administrativo nº 823/1999, sobre deslinde de bienes de dominio público marítimo terrestre.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, se ha seguido el recurso número 823/1999, promovido por la sociedad LAS HERMOSILLAS, S. A., y en el que ha sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, sobre deslinde de bienes de dominio público marítimo terrestre.

SEGUNDO.- Dicho Tribunal dictó sentencia con fecha 9 de junio de 2004 del tenor literal siguiente: "FALLAMOS: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Las Hermosillas S. A. contra la Orden del Ministerio de Medio Ambiente de 20 de julio de 1999, por la que se aprueba el deslinde de bienes de domino marítimo terrestre del tramo de costa de unos siete mil setecientos ochenta (7780) metros de longitud en la margen izquierda del Brazo del Este de la Ría Guadalquivir, comprendido entre Los Isletones hasta La Carnicera, en el término municipal de Dos Hermanas (Sevilla), declarando la misma conforme con el ordenamiento jurídico, por lo que la confirmamos, sin imposición de costas a ninguno de los litigantes"

TERCERO.- Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de la sociedad LAS HERMOSILLAS, S. A., se presentó escrito preparando recurso de casación, el cual fue tenido por preparado en providencia de la Sala de instancia de fecha 17 de septiembre de 2004, al tiempo que ordenó remitir las actuaciones al Tribunal Supremo, previo emplazamiento de los litigantes.

CUART...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía