Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 27 de Enero de 2004
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
"PERCEPCIÓN DE PENSIÓN DE VIUDEDAD. La sentencia recurrida aplicó con indudable acierto al acceder a la pretensión ejercitada en la demanda, pues quedó acreditado que la actora y el causante convivieron maritalmente desde diciembre de 1965, según lo acredita el padrón de dicho año, y también consta el nacimiento de los dos hijos habidos de tal unión antes de la celebración del matrimonio, que tuvo lugar al poco tiempo de entrar en vigor la Ley del divorcio 30/1981 una vez que el causante se divorció de su anterior esposa (11 de abril de 1983), con la que no convivía desde el año 1965. Por tanto, a la demandante se le acredita, a efectos del cálculo de la pensión de viudedad, todo el tiempo de convivencia con el causante, hasta el divorcio que tuvo lugar el 18 de octubre de 1991. Se estima la demanda de Encarna, se condena al INSS al pago de la pensión de viudedad. Se desestima la suplicación del INSS. Se desestima la casación para la unificación de doctrina del INSS, sin costas."
Frases clave
“ En el caso que ahora nos ocupa tiene perfecto acomodo las doctrina expuesta, que la sentencia recurrida aplicó con indudable acierto al acceder a la pretensión ejercitada en la demanda, pues quedó acreditado que la actora y el causante convivieron maritalmente desde diciembre de 1965, según lo acredita el padrón de dicho año, y también consta el nacimiento de los dos hijos habidos de tal unión antes de la celebración del matrimonio, que tuvo lugar al poco tiempo de entrar en vigor la Ley del divorcio 30/1981 una vez que el causante se divorció de su anterior esposa (11 de abril de 1983), con la que no convivía desde el año 1965. Por tanto, a la demandante se le acredita, a efectos del cálculo de la pensión de viudedad, todo el tiempo de convivencia con el causante, hasta el divorcio que tuvo lugar el 18 de octubre de 1991, por cuya razón, visto el dictamen del Ministerio Fiscal, procede la desestimación del recurso sin hacer especial pronunciamiento sobra las costas. ”
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Pensionado, Recurrido
Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 27 de Enero de 2004
D. LUIS GIL SUAREZD. AURELIO DESDENTADO BONETED. VICTOR ELADIO FUENTES LOPEZD. ANTONIO MARTIN VALVERDEDª. MILAGROS CALVO IBARLUCEAD. MANUEL IGLESIAS CABERO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintisiete de Enero de dos mil cuatro. Vistos los presentes autos pendientes ante esa Sala en virtud de recurso de casación para la UNIFICACIÓN DE DOCTRINA, interpuestos por el Procurador D. Eduardo Morales Price, en representación del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de fecha 18 de junio de...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía
Otros documentos:
Sentencia de TSJ País Vasco (Bilbao), Sala de lo Contencioso, May 27, 2002 | Sentencia nº 3143/2005 de TSJ Cataluña Barcelona Sala de lo Social April 13 2005 | resolucion tri/3827/2005, de 23 de diciembre, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, ... | EDICTO del Juzgado de Primera Instancia núm 57 de Barcelona sobre autos de juicio verbal exp 6... | Body Blitz Fights Flab | Enjoy Fairy Magic Art and Fairs Galore | O estado do Rio contará com 1.503 eventos vinculados à Semana Nacional de Ciência... | Acórdão nº 0045414-70.2011.4.01.0000 de Tribunal Regional Federal da 1a Região...