Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Febrero de 1992

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Resumen


"PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA. PERIODO DE COTIZACIÓN. La impugnación de la declaración de incapacidad no se planteó ni en la instancia, donde la demanda, ratificada en el acto de juicio, se limita a solicitar el reconocimiento de la pensión; ni en el recurso de suplicación del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social. Se trata de una cuestión nueva que, como tal, no puede suscitarse en casación y que tampoco puede dar lugar a contradicción con la sentencia de contraste, pues, aparte de que ésta no se pronuncia en su parte dispositiva en el sentido que indica el motivo, ya que confirma un fallo que reconoció la pensión de incapacidad permanente absoluta, la resolución recurrida no contiene decisión alguna sobre una petición que no se había formulado, sin perjuicio de que la recurrente pueda plantear la indicada petición por los cauces adecuados. No se hace lugar al recurso de casación para la unificación de doctrina."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 20 de Febrero de 1992

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veinte de Febrero de mil novecientos noventa y dos.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Dª Silvia , representada por el Procurador D. Rafael Ortiz de Solorzano y Arbex y defendida por el Letrado D. Angel Fuente López, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 1 de abril de 1.991, en el recurso de suplicación nº 15292/87, interpuesto contra la sentencia de 14 de octubre de 1.987, del Juzgado de lo So...

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