Sentencia nº 720/2002 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 9 de Julio de 2002

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Resumen


RELACIONES PATERNO FILIALES: Es derecho de los hijos conocer y relacionarse con sus progenitores. PATRIA POTESTAD: El alejamiento temporal, externo y formal, no constituye causa suficiente para privar de patria potestad. TITULARIDAD CONJUNTA DEL PADRE Y DE LA MADRE: La patria potestad es un derecho inherente de la paternidad y de la maternidad. RÉGIMEN PROGRESIVO DE VISITAS DEL PADRE: El derecho de visitas no debe interpretarse restrictivamente.

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Extracto


Sentencia nº 720/2002 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 9 de Julio de 2002

D. IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTAD. ALFONSO VILLAGOMEZ RODILD. JOSE MANUEL MARTINEZ-PEREDA RODRIGUEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a nueve de Julio de dos mil dos.

VISTOS por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados identificados al margen, el Recurso de Casación contra la Sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Madrid -Sección veintidós-, en fecha 17 de diciembre de 1996, como consecuencia de los autos de juicio de menor cuantía, sobre relaciones paterno-filiales (patria potestad, titularidad conjunta del padre y de la madre y régimen de visitas del padre), tramitados en el Juzgado de Primera Instancia de Madrid número veintidós, cuyo recurso fue interpuesto por doña Andrea , representada por la Procuradora de los Tribunales doña Elena Palombi Alvarez, en el que es recurrido don Gustavo al que representó la Procuradora doña Paloma Espinar Sierra.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia veintidós de Madrid tramitó el juicio de menor cuantía número 165/1995, que promovió la demanda de don Gustavo , en la que, tras exponer hechos y fundamentos de derecho, sup...

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